sábado, 6 de noviembre de 2010

EL TRABAJO

El trabajo está referido a cualquier actividad propia del hombre que puede ser física o intelectual, en términos jurídicos esta actividad puede ser de manera temporal o manera permanente, dinámica o pasiva y siempre debe ser remunerada, existe la relación del trabajador que es quien ejecuta la actividad actuando de manera coordinada con un objetivo determinado.
El derecho del trabajo es aquel que determina una serie de principios y normas que tiene por objeto vigilar y garantizar las relaciones que existen entre el trabajador y la empresa, este conjunto de normas jurídicas son de carácter público y por ende deben ser ejecutadas por todos.
El derecho del trabajo se caracteriza por ser  dinámico ya que regula las relaciones de ambas partes que son los trabajadores y la empresa, velando por los derechos de ambos lo que también lo lleva a tener un carácter expansivo, por ser una norma es de carácter imperativo y sus derechos son irrenunciables, por último se adapta a las necesidades de un país, patrono y trabajador. En resumen el derecho del trabajo se encarga de regular la prestación de un servicio por parte del trabajador así como la relación de dependencia que este tenga.
El contrato individual de trabajo es aquel en el que se obliga a los trabajadores a prestar un servicio para un tercero que puede ser una persona natural o jurídica denominado empresa que tiene la obligación de cancelar un salario o remuneración.
Cuando se rompe una relación de trabajo existen unas figuras de composición procesal que son de carácter consecutivo.
1) la transacción que es ceder parte o todos los derechos con el propósito de no llegar a juicio.
2) el desistimiento en cuando la parte demandante decide desistir de la acción.
3) el convenimiento implica aceptar que todo lo ha dicho la contraparte es cierto.
4) Perención de la instancia si no se llega a un acuerdo y transcurre el tiempo que estipule la ley se da por terminado el proceso.

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